• Se han anulado las cláusulas de atribución de gastos hipotecarios
  • Unos 15 millones de hipotecados podrán recuperar unos 1.500 euros.

  • Asufin ha ganado una demanda colectiva que beneficiará a todos los hipotecados que pagaron gastos de constitución y que firmaron sus préstamos antes de la entrada en vigor de la ley de contratos de crédito inmobiliario en junio de 2019, sin necesidad de litigar por ello.

  • Al financiar la adquisición de una vivienda, existen dos tipos de gastos de formalización que hay que abonar: los de compraventa (asociados a la escritura de la propiedad del inmueble) y los gastos de constitución de la hipoteca. Según la sentencia del Tribunal Supremo, los gastos iniciales no tendrían por qué ser aplicados en su totalidad a los consumidores. Con la nueva Ley Hipotecaria, se obliga a los bancos a cargar con este gasto.

  • Ahora, la acción colectiva de cesación interpuesta por Asufin ha sido ganada en el Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid contra Kutxabank, Banco de Caja España de Inversiones Salamanca y Soria (ahora Unicaja Banco), ING Bank y Deutsche Bank. Esto permite que millones de personas se beneficien pese a haber firmado su hipoteca antes de la aprobación de esa ley en 2019.

    Prácticamente todos los hipotecados que firmaron sus préstamos antes de la entrada en vigor de la Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario (LCCI) en junio de 2019 tuvieron que afrontar la factura adicional de los gastos hipotecarios. Esto supone una cifra de aproximada  15 millones de hipotecas, según datos extraídos del INE.

    Los magistrados han anulado las cláusulas de atribución de gastos hipotecarios, de manera que los bancos tendrán que devolver el 100% de los gastos de registro de la propiedad y el 50% de notario (constitución, modificación o novación), gestoría y tasación en la constitución de hipoteca. Además, las entidades deberán abonar los intereses legales desde la fecha de pago de cada gasto.

    Un ejemplo práctico

    Desde la asociación ponen un ejemplo para ilustrar el proceso. Un cliente con una hipoteca de 200.000 euros constituida en el año 2008, podría recuperar cerca de 1.500 euros de capital de los gastos de constitución sumados a los intereses:

    Asufin ha comunicado que instará a la ejecución provisional de sentencia, por lo que los consumidores pueden verse desde ya beneficiados de la misma.

    Cualquier consumidor que tenga en su escritura de constitución de hipoteca una cláusula de citadas puede pedir, en ejecución de sentencia, esa devolución como beneficiario de la condena, en virtud del artículo 519 de la ley de enjuiciamiento civil.

    No hace falta la demanda

    Los afectados no necesitan iniciar una demanda individual, con los costes y tiempo que ello conlleva, sino que directamente pueden verse beneficiados por el éxito de la demanda colectiva de Asufin.

    De modo que como se ha señalado previamente, esos 15 millones de hipotecados podrán recuperar hasta una media de 1.500 euros sin necesidad de litigar. La presidenta de Asufin, Patricia Suárez, ha destacado el carácter pionero de la sentencia, pues es la primera vez que se gana en los tribunales una acción de cesación colectiva de gastos, tras las recientes sentencias del TJUE y el Tribunal Supremo el pasado mes de julio.

    Además, la demanda colectiva ganada en tribunales le evitará a los afectados los tiempos de un procedimiento ordinario, con sus diferentes fases de la instrucción, que sólo en juzgados especializados como el 101bis de Madrid o el 50 de Barcelona ascienden a un año y medio, mínimo, de admisión a trámite y otros tres de tramitación.

    La OCU recomienda cautela

    La Organización de Conusmidores y Usuarios ha recomendado "cautela" ante el fallo, ya que la sentencia no es firme, e invita a las personas afectadas a que todavía no reclamen unilateralmente esa devolución de gastos.

    La OCU asegura que lo más prudente sería esperar al dictamen del Tribunal Supremo, que debe interpretar la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que "determinará que si no hay norma nacional que atribuya el gasto al usuario, el banco deberá soportar la totalidad de los gastos".

  • Fuente:El economista

  • https://www.eleconomista.es/economia/noticias/10844344/10/20/Los-hipotecados-que-firmaron-antes-de-la-ley-hipotecaria-recuperaran-gastos-de-constitucicion-sin-litigar.html

  • Bilal.