Aviso de la Seguridad Social a los españoles que tienen contratadas empleadas de hogar

Deben actualizar las retribuciones de sus empleadas de acuerdo al Salario Mínimo Interprofesional aviso Seguridad Social.
 


La Seguridad Social ha recordado a los empleadores que tengan contratada a una persona en el Sistema Especial de Empleados de Hogar que deben actualizar sus retribuciones de acuerdo al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Esta actualización salarial se debe comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) antes del 31 de marzo, con la información de la retribución real desde el 1 de enero de 2021. 
 El salario es acordado por el empleador y su empleado, pero en ningún caso puede ser inferior al SMI vigente incrementado con el prorrateo de pagas extraordinarias y en proporción a la jornada de trabajo realizada. Es decir, para este ejercicio no puede ser inferior a 1.108,33 euros mensuales para las personas con contrato de trabajo a tiempo completo. 
 Si la retribución abonada es superior a esa cantidad, se deberá declarar la totalidad de las retribuciones abonadas, incrementadas con el prorrateo de pagas extraordinarias.
 Esto se suma a la obligación de declarar el resto de retribuciones no monetarias (como alojamiento o manutención, por ejemplo) que constituyan el salario del empleado de hogar. 
La suma de la totalidad de los conceptos retributivos abonados deberá declararse durante el trámite en el apartado de «Retribución mensual». 
 A partir del 1 de abril de 2021, si el empleador no ha declarado el salario actual ante la TGSS, se iniciarán actuaciones inspectoras de comprobación por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que pueden conllevar sanciones.

Fuente:https://www.ideal.es/sociedad/aviso-seguridad-social-empleadas-hogar-20210221130243-nt.html

Fatiha Lamsalak.